Cómo Pedir el Paro en España en 2026: Requisitos, Pasos y Cuánto Cobras
Perder el trabajo es uno de los momentos más estresantes que puede vivir una persona. Hay incertidumbre, preocupación económica y, encima, tienes que lidiar con trámites administrativos cuando lo que menos te apetece es enfrentarte a formularios y plazos.
Esta guía está escrita para ayudarte a actuar rápido y sin errores. Aquí encontrarás todo lo que necesitas saber sobre cómo pedir el paro en España en 2026: qué es exactamente, quién tiene derecho, qué documentos necesitas, cómo solicitarlo online paso a paso y cuánto dinero recibirás cada mes.
Lo más urgente: el plazo para pedir el paro es de 15 días hábiles desde tu último día de trabajo. Si dejas pasar ese plazo, empezarás a perder días de prestación. Empieza a leer y actúa hoy.
Qué es la prestación por desempleo
La prestación por desempleo, conocida popularmente como “el paro”, es una ayuda económica que gestiona el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y que compensa la pérdida de ingresos cuando pierdes tu trabajo de forma involuntaria.
Existen dos tipos de protección por desempleo en España:
- Prestación contributiva (el paro propiamente dicho): está vinculada a lo que has cotizado. Cuanto más tiempo hayas trabajado y más hayas ganado, más cobrarás y durante más meses.
- Subsidio por desempleo: es una ayuda asistencial de importe fijo para quienes no tienen derecho a la prestación contributiva o la han agotado. El importe en 2026 ronda los 480 euros al mes, equivalente al 80% del IPREM.
Este artículo se centra principalmente en la prestación contributiva, aunque al final encontrarás toda la información sobre el subsidio.
Requisitos para tener derecho al paro
Para cobrar la prestación contributiva por desempleo en España tienes que cumplir todos estos requisitos:
1. Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años
El requisito mínimo es tener 360 días cotizados a la Seguridad Social en los 6 años anteriores a tu situación de desempleo. Esos días deben haberse cotizado en situación de alta o asimilada al alta.
No cuentan las cotizaciones anteriores que ya utilizaste para generar una prestación previa que hayas cobrado íntegramente.
2. Estar en situación legal de desempleo
El cese debe ser involuntario. Esto incluye:
- Despido, tanto por causas objetivas como disciplinario.
- Fin de contrato temporal o de obra y servicio.
- Reducción de jornada o suspensión del contrato por ERTE.
- Extinción del contrato por voluntad del trabajador cuando hay causa justificada: acoso laboral, modificación sustancial de condiciones de trabajo o falta de pago del salario.
- Resolución judicial del contrato.
No tienes derecho si renuncias voluntariamente sin causa justificada.
3. Inscribirte como demandante de empleo
Debes estar registrado como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de tu comunidad autónoma. Esto es previo y necesario para pedir la prestación.
4. No tener la edad de jubilación
Si has cumplido la edad ordinaria de jubilación y reúnes los requisitos para acceder a ella, ya no tienes derecho a prestación por desempleo.
5. No estar trabajando a tiempo completo
Si tienes otro trabajo a tiempo completo mientras solicitas el paro, no tienes derecho. El trabajo a tiempo parcial sí puede ser compatible, con condiciones que se explican más adelante.
Documentación necesaria
Antes de sentarte a rellenar la solicitud, ten preparados estos documentos:
| Documento | Dónde conseguirlo |
|---|---|
| DNI o NIE en vigor | Tu cartera |
| Certificado de empresa | Tu antiguo empleador está obligado a dártelo |
| Número de cuenta bancaria (IBAN) | Tu banco |
| Documentación de situación familiar | Solo si tienes hijos a cargo o cónyuge sin ingresos |
El certificado de empresa es el documento más importante. Es un formulario oficial que tu empresa debe entregarte al cesar la relación laboral. En él consta la causa del despido, la fecha de cese y las cotizaciones de los últimos meses. Si tu empresa no te lo da o tarda, puedes solicitarlo directamente al SEPE: ellos pueden obtenerlo en muchos casos a través de sus sistemas de información con la Seguridad Social.
Si tienes hijos a cargo, lleva también el libro de familia o certificado de nacimiento. Si tienes un cónyuge sin ingresos, puede necesitarse documentación adicional para acreditar esa situación y así acceder a los topes máximos de prestación.
Cómo pedir el paro online paso a paso en sede.sepe.es
La forma más rápida y cómoda de solicitar el paro en 2026 es a través de la sede electrónica del SEPE. No tienes que desplazarte ni coger cita previa: puedes hacerlo desde casa en menos de 20 minutos si tienes toda la documentación lista.
Paso 1: Accede a sede.sepe.es
Entra en sede.sepe.es desde tu ordenador o móvil. Necesitarás identificarte con uno de estos métodos:
- Certificado digital (el más completo; si lo tienes instalado en tu navegador, es la opción más rápida).
- Cl@ve permanente (usuario y contraseña que puedes activar previamente en cl@ve o en las propias oficinas del SEPE).
- Cl@ve PIN (código de un solo uso que te envían al móvil; necesitas estar registrado previamente en el sistema Cl@ve).
Si no tienes ninguno de estos métodos de identificación digital, no te preocupes. Puedes registrarte en Cl@ve de forma presencial en una oficina del SEPE, de la AEAT o de la Seguridad Social, o mediante videollamada a través del sistema de registro remoto.
Paso 2: Ve a la sección de prestaciones
Una vez dentro de tu área personal, busca el apartado “Prestaciones y Subsidios” en el menú principal. Dentro, selecciona “Solicitud de prestación contributiva por desempleo”.
Paso 3: Rellena el formulario
El formulario te pedirá:
- Datos personales (en muchos casos se autocompletan si te has identificado correctamente con certificado o Cl@ve).
- Situación familiar: si tienes hijos a cargo, cónyuge sin ingresos, etc.
- Datos sobre la empresa y la causa del cese.
- Número de cuenta bancaria (IBAN) donde quieres recibir los pagos. Asegúrate de que sea correcta.
Paso 4: Sube la documentación
Adjunta el certificado de empresa en formato PDF o imagen JPG/PNG. Si tienes documentación de cargas familiares, adjúntala también. El sistema acepta archivos de varios megabytes, así que no hay problema con fotos de documentos tomadas con el móvil.
Paso 5: Envía y guarda el justificante
Revisa todo con calma, confirma el envío y descarga inmediatamente el justificante de presentación. Este justificante tiene fecha y hora: es tu prueba legal de que has solicitado dentro del plazo de 15 días hábiles.
Paso 6: Espera la resolución
El SEPE tiene hasta 15 días hábiles para resolver tu solicitud. Recibirás la resolución en tu área personal de la sede electrónica y, normalmente, también por carta postal. Si la resolución es favorable, te indicará desde qué fecha cobras, cuánto cobrarás cada mes y cuántos meses dura la prestación.
Si la resolución es desfavorable o no estás de acuerdo con la cuantía, tienes derecho a presentar una reclamación previa ante el propio SEPE en el plazo de 30 días.
Cómo pedirlo presencialmente
Si prefieres hacerlo en persona o no tienes acceso a identificación digital, puedes acudir a una oficina del SEPE. Necesitas cita previa, que puedes solicitar:
- En la web del SEPE: cita.sepe.es
- Por teléfono: 901 010 210 o 91 273 83 83 (de lunes a viernes de 8:00 a 14:30)
Lleva toda la documentación en original y fotocopia. El funcionario te ayudará a rellenar la solicitud en el sistema.
Consejo importante: En las grandes ciudades las citas pueden tardar varios días en estar disponibles. Si ya llevas más de 10 días hábiles desde el cese, solicita la cita de inmediato y, mientras esperas, intenta tramitarlo online aunque no estés completamente seguro de tener todo perfecto. Es mejor enviar la solicitud con documentación incompleta y subsanar después que dejar pasar el plazo de 15 días y perder días de prestación.
Cuánto cobrarás: base reguladora y cálculo de la cuantía
El importe mensual del paro depende de lo que hayas ganado en los últimos 180 días trabajados, es decir, los 6 meses anteriores al cese. El cálculo tiene dos partes: obtener la base reguladora y aplicarle el porcentaje correspondiente.
Cómo se calcula la base reguladora
La base reguladora se obtiene sumando las bases de cotización por contingencias comunes de los últimos 180 días y dividiendo entre 180. El resultado es la base diaria. Multiplicada por 30, obtienes la base reguladora mensual.
Base reguladora mensual = (Suma de bases de cotización de los últimos 6 meses ÷ 180) × 30
En la práctica, la base de cotización suele ser muy similar al salario bruto mensual, con algunos matices según el convenio colectivo y los complementos salariales.
Los porcentajes que se aplican
Sobre la base reguladora mensual se aplican estos porcentajes:
- Primeros 180 días (primeros 6 meses): cobras el 70% de la base reguladora.
- A partir del día 181 en adelante: cobras el 50% de la base reguladora.
Topes máximos y mínimos en 2026
La cuantía tiene un límite máximo que varía según tus cargas familiares, y también un mínimo garantizado:
| Situación familiar | Tope máximo mensual (2026) | Importe mínimo mensual (2026) |
|---|---|---|
| Sin hijos a cargo | 1.575 € | 560 € |
| Con un hijo a cargo | 1.800 € | 750 € | | Con dos o más hijos | 2.025 € | 750 € |
Estos importes se actualizan anualmente según el IPREM y las decisiones del gobierno. Consulta siempre los valores vigentes publicados en sepe.es.
Ejemplos reales de cálculo
Ejemplo 1: Trabajador sin hijos con salario de 2.000 euros brutos
- Base de cotización mensual: 2.000 €
- Base reguladora mensual: 2.000 €
- Primeros 6 meses: 70% × 2.000 € = 1.400 €/mes (dentro del tope de 1.575 €, cobra íntegros)
- A partir del mes 7: 50% × 2.000 € = 1.000 €/mes
Ejemplo 2: Trabajador con dos hijos y salario de 4.500 euros brutos
- Base reguladora mensual: 4.500 €
- Sin tope: 70% × 4.500 € = 3.150 € → supera el tope de 2.025 € con dos hijos
- Primeros 6 meses: 2.025 €/mes (tope máximo con dos hijos)
- A partir del mes 7: 50% × 4.500 € = 2.250 € → también supera el tope
- A partir del mes 7: 2.025 €/mes (sigue aplicando el tope)
Ejemplo 3: Trabajador con salario bajo de 1.100 euros brutos y sin hijos
- Base reguladora mensual: 1.100 €
- Primeros 6 meses: 70% × 1.100 € = 770 € → por encima del mínimo de 560 €
- Primeros 6 meses: 770 €/mes
- A partir del mes 7: 50% × 1.100 € = 550 € → por debajo del mínimo de 560 €
- A partir del mes 7: 560 €/mes (se aplica el mínimo garantizado)
Cuánto dura el paro según los días cotizados
La duración de la prestación es proporcional al tiempo cotizado en los últimos 6 años. La tabla completa es la siguiente:
| Días cotizados en los últimos 6 años | Duración de la prestación |
|---|---|
| De 360 a 539 días | 4 meses |
| De 540 a 719 días | 6 meses |
| De 720 a 899 días | 8 meses |
| De 900 a 1.079 días | 10 meses |
| De 1.080 a 1.259 días | 12 meses |
| De 1.260 a 1.439 días | 14 meses |
| De 1.440 a 1.619 días | 16 meses |
| De 1.620 a 1.799 días | 18 meses |
| De 1.800 a 1.979 días | 20 meses |
| De 1.980 a 2.159 días | 22 meses |
| 2.160 días o más | 24 meses (duración máxima) |
Ejemplo: Si llevas trabajando de forma continua los últimos 6 años, aproximadamente 2.190 días cotizados, tienes derecho al máximo de 24 meses de prestación.
Si solo llevas un año y medio en tu último empleo, unos 540 días cotizados en ese período sin cotizaciones anteriores computables en los 6 años, te corresponden 6 meses de paro.
Nota importante: Si en algún momento anterior ya cobraste prestación por desempleo y consumiste esos días, esas cotizaciones ya no cuentan para generar nueva prestación. Solo computan los días cotizados después de la última prestación percibida, o las cotizaciones que no utilizaste previamente.
El subsidio por desempleo: la red de seguridad cuando no alcanza la prestación
Si no cumples los requisitos para la prestación contributiva, o si la has agotado, puede que tengas derecho al subsidio por desempleo. Es una ayuda de importe fijo, de carácter asistencial, que cubre situaciones de necesidad económica.
Quién puede solicitar el subsidio
Tienes derecho al subsidio si te encuentras en alguna de estas situaciones:
- Has agotado la prestación contributiva y tienes responsabilidades familiares (hijos o cónyuge a cargo sin ingresos superiores al SMI).
- Eres mayor de 45 años, has agotado una prestación de al menos 12 meses y no tienes responsabilidades familiares.
- Tienes al menos 3 meses cotizados pero menos de 360, y tienes responsabilidades familiares.
- Eres emigrante retornado a España procedente de un país no perteneciente a la UE.
- Has sido liberado de prisión tras cumplir condena de más de 6 meses.
- Tienes una discapacidad reconocida de al menos el 33% y estás desempleado.
- Eres trabajador fijo discontinuo en determinadas condiciones entre campañas.
Cuánto se cobra con el subsidio en 2026
El subsidio de desempleo equivale al 80% del IPREM mensual. En 2026 eso supone aproximadamente 480 euros al mes, aunque la cifra exacta depende de la actualización oficial del IPREM para ese año.
La duración varía según el colectivo: puede ser de 6 meses prorrogables hasta 18 o 24 meses en casos específicos como mayores de 45 años o trabajadores con responsabilidades familiares en situación prolongada de desempleo.
El plazo para solicitarlo es también de 15 días hábiles desde que se agota la prestación contributiva o desde que se produce la situación que da acceso al subsidio.
Qué pasa si encuentras trabajo mientras cobras el paro
Esta es una de las preguntas más frecuentes, y la respuesta depende del tipo de contrato que firmes.
Trabajo indefinido a tiempo completo
Debes comunicar al SEPE el inicio del trabajo dentro de los 15 días hábiles siguientes. La prestación se extingue. Sin embargo, si en el futuro vuelves a perder ese trabajo de forma involuntaria y has cotizado suficiente, podrás solicitar una nueva prestación basada en las cotizaciones acumuladas.
Contrato temporal a tiempo completo de menos de 12 meses
La prestación se suspende mientras dura ese contrato. Cuando finalice, puedes pedir que se reanude la prestación con los días que te quedaban pendientes. No pierdes lo que no habías consumido. Para reanudarla, dispones de 15 días hábiles desde que finaliza el contrato temporal.
Contrato temporal de 12 meses o más
Si el contrato dura 12 meses o más, la prestación se extingue igual que con un contrato indefinido.
Compatibilidad del paro con trabajo a tiempo parcial
Desde 2013, es posible compatibilizar un trabajo a tiempo parcial con parte de la prestación por desempleo. Esto se conoce como compatibilidad de la prestación con el trabajo a tiempo parcial.
El funcionamiento es el siguiente:
- Sigues cobrando una parte proporcional de tu prestación, equivalente al porcentaje de jornada que no trabajas.
- El tiempo de prestación se consume a un ritmo reducido proporcional a las horas trabajadas.
- Debes comunicar al SEPE el inicio del trabajo parcial dentro de los 15 días hábiles siguientes a la contratación.
Ejemplo práctico: Si tu prestación es de 1.000 €/mes y empiezas a trabajar al 50% de jornada, cobrarás el 50% de la prestación, es decir, 500 €/mes. Además, cobrarás tu salario parcial de la empresa. El tiempo de prestación se consume a la mitad del ritmo normal, por lo que si te quedaban 12 meses, esos 12 meses tardarán 24 meses en agotarse en estas condiciones.
Esta opción puede ser muy interesante si encuentras un trabajo a tiempo parcial mientras buscas uno a jornada completa: complementas un salario reducido con parte del paro y mantienes una red de seguridad económica.
Obligaciones mientras cobras el paro
Cobrar la prestación no es un cheque en blanco. Tienes una serie de obligaciones que debes cumplir para no perderla:
Renovar la demanda de empleo: debes renovarla periódicamente, normalmente cada 3 meses en la mayoría de comunidades autónomas, aunque el plazo puede variar. En 2026 esta renovación se puede hacer online en la mayor parte del territorio. El SEPE y tu oficina de empleo autónoma te indicarán cuándo y cómo hacerlo.
Comunicar cualquier cambio en tu situación: trabajo nuevo, cambio de situación familiar como nacimiento de un hijo o separación, traslado al extranjero. Hazlo siempre dentro de los 15 días hábiles siguientes al cambio. Las comunicaciones fuera de plazo pueden generar sanciones y obligaciones de devolución de cantidades.
Participar en acciones de empleo: si el SEPE o el servicio autonómico de empleo te cita a entrevistas de orientación, acciones formativas o cursos de mejora de empleabilidad, tienes la obligación de acudir. Rechazar sin causa justificada puede acarrear sanciones que van desde la suspensión temporal hasta la extinción de la prestación.
No rechazar una oferta adecuada sin justificación: el SEPE puede considerar que una oferta de trabajo es adecuada a tu perfil y formación. Si la rechazas sin motivo válido, la primera vez la prestación se suspende 3 meses, la segunda 6 meses, y la tercera conlleva la extinción definitiva.
El paro y el IRPF: cómo tributa
La prestación por desempleo tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo. Esto significa que en la declaración de la renta del año siguiente tendrás que incluir lo que hayas cobrado de prestación.
El SEPE aplica retención a cuenta del IRPF si el importe anual supera determinados umbrales, pero en muchos casos la retención es del 0% cuando la prestación es el único o el principal ingreso del año y su cuantía no es muy elevada.
Atención: Si en el mismo año en que cobras el paro también has trabajado varios meses con un salario considerable, es posible que en la declaración de la renta tengas que pagar IRPF adicional, porque la suma de los dos pagadores (empresa y SEPE) puede situar tu base imponible en un tramo más alto. Prevéelo con antelación y guarda un pequeño colchón para esa eventualidad.
Recursos y contacto oficial del SEPE
- Sede electrónica del SEPE: sede.sepe.es (solicitud online de prestaciones y subsidios)
- Información sobre la prestación contributiva: sepe.es, sección Personas, prestación por desempleo
- Cita previa: cita.sepe.es
- Teléfono de atención: 901 010 210 o 91 273 83 83 (lunes a viernes, de 8:00 a 14:30)
Lo que debes hacer ahora mismo
Si acabas de perder tu trabajo, sigue estos pasos sin demora:
- Hoy mismo: Pide a tu empresa el certificado de empresa por escrito, por email o mensaje con confirmación de lectura, para que quede constancia.
- Esta semana: Inscríbete como demandante de empleo en el servicio de empleo de tu comunidad autónoma.
- Antes de que pasen 15 días hábiles desde el cese: Entra en sede.sepe.es y presenta la solicitud de prestación contributiva por desempleo.
- Descarga y guarda el justificante de la solicitud con fecha y hora.
- Espera la resolución del SEPE, que tiene un plazo máximo de 15 días hábiles desde la recepción de tu solicitud.
Perder el trabajo es difícil, pero el sistema de protección por desempleo en España está diseñado para darte un respiro económico mientras buscas una nueva oportunidad. Actúa rápido, no pierdas días de prestación por trámites que puedes hacer hoy, y aprovecha ese tiempo también para actualizar tu currículum, explorar formación o reorientar tu carrera si es necesario. La prestación es un puente, no un destino.